Dictamen.
SUSESO extiende los días de permiso que considera el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (SANNA).
En consideración a la evolución de la emergencia sanitaria vigente, la autoridad decidió prorrogar por segunda vez los días de permiso SANNA.

La Superintendencia señala que, en ejercicio de las funciones y atribuciones y lo dispuesto en la Ley N° 21.063 que creo el SANNA, puede dictar normas e instrucciones de carácter obligatorio para todas las instituciones y/o entidades que intervienen en la gestión del referido seguro, en la recaudación de las cotizaciones, en la calificación de las contingencias y en el otorgamiento y pago de sus beneficios.
Que, en atención a la alerta sanitaria por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus y el estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública declarado en el territorio de Chile, ha estimado necesario extender, por segunda vez y de manera excepcional, los días del permiso SANNA por 30 días, operando sólo respecto de las contingencias que detalla.
Agrega el dictamen que la prórroga sólo podrá ser usada por uno de los padres o del tercero, respecto de un niño o niña, que cumpla con los requisitos de acceso al permiso establecidos en los artículos 5° y 6° de la Ley N° 21.063, una vez agotados los plazos contemplados en los incisos primero, segundo y cuarto del artículo 14 de la Ley N° 21.063, en su caso, así como los días excepcionales autorizados mediante el Oficio N°2018, de 17 de junio de 2020. No obstante, esta ampliación no permite el traspaso de días entre el padre y la madre del niño o niña, contemplado en el artículo 15 de la referida ley.
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