Diario Constitucional

Patentes municipales provisorias

Iniciativa legal busca ampliar vigencia de patentes provisorias

Un proyecto de ley propone modificar el artículo 26 de la Ley sobre Rentas Municipales con el objeto de ampliar la vigencia de las patentes municipales provisorias, facilitar su extensión y evitar el cierre de establecimientos que todavía se encuentran tramitando los permisos necesarios para…

Por Redacción·21 de agosto de 2026·6 min de lectura
Iniciativa legal busca ampliar vigencia de patentes provisorias
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Un proyecto de ley propone modificar el artículo 26 de la Ley sobre Rentas Municipales con el objeto de ampliar la vigencia de las patentes municipales provisorias, facilitar su extensión y evitar el cierre de establecimientos que todavía se encuentran tramitando los permisos necesarios para obtener una patente definitiva, resguardando con ello la continuidad de sus actividades y los empleos formales asociados.

La normativa vigente obliga a las municipalidades a otorgar de manera inmediata una patente provisoria al contribuyente que acredite que el establecimiento cumple con las normas de zonificación del respectivo plan regulador, que cuenta con autorización sanitaria cuando esta sea exigible —o que la haya solicitado en los demás casos— y que dispone de los permisos requeridos por otras leyes especiales.

Según los fundamentos de la iniciativa, esta patente funciona como una autorización transitoria o “puente”. No libera al contribuyente del pago del tributo municipal ni lo exime de cumplir las exigencias necesarias para desarrollar definitivamente su actividad, sino que le permite funcionar mientras obtiene autorizaciones cuya tramitación no depende exclusivamente de él, sino también de organismos como la Dirección de Obras Municipales, la Autoridad Sanitaria y otros servicios sectoriales.

Su finalidad es impedir que quien ha iniciado legítimamente una actividad económica tenga que permanecer inactivo o desplazarse hacia la informalidad mientras la Administración resuelve los permisos pendientes.

El problema se presenta cuando vence el plazo de la patente provisoria. Actualmente, si los permisos son rechazados o expira el período concedido por la municipalidad para obtenerlos, la patente caduca de pleno derecho y el contribuyente debe cesar inmediatamente sus actividades.

Los autores del proyecto advierten que esta consecuencia resulta especialmente severa, pues la legislación no contempla una multa, recargo o mecanismo gradual frente al vencimiento, sino directamente el cierre del establecimiento, con la eventual pérdida de los puestos de trabajo que dependen de su funcionamiento, incluso cuando la demora en la obtención de los permisos sea atribuible a la propia Administración.

La iniciativa vincula esta situación con el escenario laboral del país. Según sus impulsores, las cifras muestran que el crecimiento del empleo se está concentrando principalmente en modalidades informales, mientras el trabajo asalariado formal pierde terreno.

En ese contexto, sostienen que la caducidad de una patente provisoria puede transformarse en un mecanismo silencioso de destrucción de empleo formal. El cierre de un establecimiento puede dejar cesantes a sus trabajadores y, si la actividad logra continuar, empujarla hacia el comercio informal, donde no existen cotizaciones previsionales, fiscalización sanitaria ni recaudación municipal.

Por ello, destacan que las consecuencias de la caducidad no recaen únicamente sobre el titular de la patente, sino también sobre sus trabajadores, las municipalidades que dejan de percibir los correspondientes derechos y el sistema de seguridad social.

El proyecto recuerda que esta situación ya ha obligado al legislador a intervenir excepcionalmente en dos oportunidades durante los últimos cinco años.

La Ley N°21.353, de 2021, prorrogó las patentes municipales provisorias que habían vencido durante la alerta sanitaria decretada con ocasión del Covid-19, extendiendo su vigencia hasta el 31 de agosto de 2024.

Posteriormente, la Ley N°21.755, de 2025, estableció nuevas prórrogas escalonadas hasta distintas fechas de 2025 y 2026, dejó sin efecto las clausuras decretadas por la caducidad de estas autorizaciones y otorgó una vigencia de tres años a determinadas patentes concedidas desde septiembre de 2022.

Esa misma normativa modificó además de manera permanente la Ley sobre Rentas Municipales, elevando de uno a dos años la vigencia de las patentes provisorias y permitiendo solicitar, por una sola vez, una extensión de hasta un año adicional mediante la presentación de un plan de trabajo ante la municipalidad.

Para los autores, el hecho de que haya sido necesario aprobar dos prórrogas extraordinarias en un período inferior a cinco años evidencia que no se trata de un problema excepcional, sino estructural. A su juicio, los plazos establecidos por la ley siguen siendo inferiores al tiempo que en la práctica requieren los procedimientos para obtener permisos de edificación, recepción final, autorizaciones sanitarias y otras habilitaciones sectoriales indispensables para acceder a una patente definitiva.

A ello se suma que las prórrogas establecidas por la Ley N°21.755 ya se encuentran agotadas o próximas a vencer. Algunas de ellas expiraron y la última finaliza el 31 de diciembre de 2026. La moción advierte que, si no se modifica el régimen permanente, en 2027 podría repetirse la situación experimentada en 2024, haciendo necesaria una tercera legislación excepcional.

Frente a este escenario, el proyecto propone dejar atrás el sistema de prórrogas extraordinarias y modificar directamente el régimen permanente establecido en el artículo 26 de la Ley sobre Rentas Municipales.

En concreto, plantea aumentar de dos a tres años la vigencia inicial de las patentes municipales provisorias y ampliar de uno a dos años el período adicional que podrá solicitarse, por una sola vez, mediante la presentación del correspondiente plan de trabajo.

De esta manera, se busca otorgar al contribuyente un período suficiente para completar los trámites necesarios y regularizar definitivamente el establecimiento sin tener que interrumpir sus actividades por el mero vencimiento de la autorización provisoria.

Asimismo, la iniciativa propone elevar de tres a cinco años el plazo máximo contemplado para subsanar observaciones formuladas por la Dirección de Obras Municipales, con el propósito de mantener la coherencia entre los distintos períodos establecidos en el artículo 26.

El proyecto también modifica aspectos prácticos del procedimiento para solicitar la extensión de la patente. Actualmente, el plan de trabajo debe presentarse con 60 días de anticipación al vencimiento. La propuesta reduce ese período a 30 días, considerando que el incumplimiento de una exigencia estrictamente formal puede provocar hoy la caducidad de la autorización aun cuando el contribuyente esté realizando las gestiones necesarias para regularizar su situación.

Además, establece que, presentado oportunamente el plan de trabajo, la patente provisoria continuará vigente mientras la municipalidad no resuelva la solicitud de extensión.

Si la unidad municipal competente no se pronuncia dentro de los 30 días siguientes a la presentación, el plan se entenderá aprobado y la extensión operará por el solo ministerio de la ley, sin perjuicio del acto administrativo que posteriormente dicte el municipio para reconocerla.

Según los impulsores de la iniciativa, esta regla busca que las consecuencias de una demora administrativa recaigan sobre el organismo encargado de resolver y no sobre el contribuyente que permanece a la espera de una decisión.

Las nuevas disposiciones se aplicarían también a las patentes provisorias que se encuentren vigentes al momento de publicarse la ley, contabilizándose los respectivos plazos desde la fecha en que cada autorización fue originalmente otorgada.

Asimismo, los contribuyentes cuyas patentes estén vigentes y cuyo plazo inicial expire dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la nueva normativa podrán presentar el plan de trabajo hasta el último día de vigencia de su patente y acogerse al nuevo régimen de extensión.

En definitiva, la iniciativa busca establecer un régimen permanente que entregue mayor estabilidad a los establecimientos en proceso de regularización, evitando que deban cerrar mientras continúan tramitando ante distintos organismos públicos los permisos necesarios para obtener su patente definitiva.

Con ello se pretende reemplazar las sucesivas prórrogas excepcionales por una solución estable, reducir el riesgo de informalidad, evitar cierres originados por demoras administrativas y resguardar la continuidad de las actividades económicas y los empleos formales que dependen de ellas.

Vea texto moción Boletín Nº18.576-06 y siga su tramitación aquí.

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