Diario Constitucional

Sistema de Seguridad Social.

Proyecto de ley prohíbe a las AFP y compañías de seguro de vida que operen contratos de renta vitalicia realizar publicidad de sus actividades en todo medio de comunicación.

Busca evitar la influencia que ejerce el dinero sobre la línea editorial de los medios de comunicación en temas que interesan directamente a dichas empresas, las cuales, además, cumplen una labor eminentemente pública.

Por Redacción·13 de noviembre de 2021·3 min de lectura
Imagen: Elcomercio
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La moción, patrocinada por el Diputado Karim Bianchi, modifica el DL 3.500 con el fin de prohibir que Administradoras de Fondos de Pensiones y las Compañías de Seguro de Vida que tengan relación con los contratos de renta vitalicia, promocionen sus actividades en los medios de comunicación.

A modo de contextualización, el diputado señala que el concepto de anuncio se define como “cualquier forma de publicidad comercial difundida a través de un medio de comunicación a cambio de una contraprestación económica.

En este sentido, detalla que la misma industria se ha puesto algunas limitaciones, con el fin de que la publicidad sea legal, decente, honesta y veraz, como el respeto a la dignidad humana, no incitar ninguna forma de discriminación y contemplar el sentido de responsabilidad social y profesional. Además, se ha entendido bajo ese marco que la publicidad comercial no debe aprovecharse del temor o explotar la desgracia o sufrimiento sin razón justificable.

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