Soberanía y derechos humanos
A propósito de los límites e ideal a seguir del texto constitucional actual y/o futuro, es decir, tanto con un apruebo como con un rechazo -La promoción y protección de los Derechos Humanos-.
Ante uno y otro escenario, el límite de la soberanía se encuentra en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Al mismo tiempo, no solo deben verse estos como un límite, sino que como un ideal a seguir, el consenso que puede generar una sociedad democrática que es el respecto, promoción y protección de los Derechos Humanos.

Por el tiempo que vivimos, muchos se enfocan en el proceso. Por ello, quisiera dedicar unas líneas al texto, al contenido mismo, en concreto a los límites e ideal a seguir tanto del texto constitucional actual y como de uno futuro.
En efecto, en el actual artículo 5 se consagra como un límite de la soberanía a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Ante la complejidad de decidir o determinar cuáles son estos derechos, se contempla que estos, o, al menos hay consenso en el constituyente (literal del artículo) aquellos contenidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales ratificados por Chile y vigentes. Al mismo tiempo, el artículo 135 de la Carta Fundamental actual, que considera los acuerdos políticos unánimes de una serie de partidos (la mayoría por cierto, tanto en número como en porcentaje de representación en el Congreso), consideran que el texto de la Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y -los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes-.
De manera que, ante uno y otro escenario, el límite de la soberanía se encuentra en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Al mismo tiempo, no solo deben verse estos como un límite, sino que como un ideal a seguir, el consenso que puede generar una sociedad democrática que es el respecto, promoción y protección de los Derechos Humanos. Que más universal que los tratados internacionales sobre Derechos Humanos que provienen de Naciones Unidas; que más relevante en la materia, considerando matices de nuestra región que aquellos pactos internacionales de origen de la Organización de Estados Americanos-; que más significativos en temas especializados, como en las relaciones laborales que los convenios internacionales que hemos firmado y ratificado a propósito de la Organización Internacional del Trabajo.
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