Expoliación territorial mapuche
Nación mapuche arrendada a 99 años
El reconocimiento conceptual y jurídico de la Nación Mapuche por un tribunal de la República, a través de esta sentencia, da un paso que constituye un avance importante en este nuevo orden constitucional y político que parece vislumbrarse en nuestro país.

Los contratos de arrendamiento de tierra indígena a 99 años, en el sur de Chile, son una especie de artilugio legal y una reconocida forma de expoliación del Territorio Mapuche. Con fecha 24 de diciembre de 2020 la Corte de Apelaciones de Valdivia, puso fin a uno de estos contratos y en su fundamento alude a la tierra como elemento esencial de la Nación Mapuche.
Esta sentencia es también la representación de un ordenamiento jurídico que evidentemente declina, empujado por una sociedad que quiere dejar atrás y reparar esta forma de despojo, bajo la representación de contratos aparentemente perfectos, pero que están lejos de ser justos y jurídicamente aceptables.
El reconocimiento conceptual y jurídico de la Nación Mapuche por un tribunal de la República, a través de esta sentencia, da un paso que constituye un avance importante en este nuevo orden constitucional y político que parece vislumbrarse en nuestro país, donde no caben visiones que desconozcan o ignoren al otro y en este caso particular la existencia de otros pueblos con derechos colectivos y autodeterminados.
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Comentarios (3)
Gabriel Alvarez Almarza Creo que su visión del asunto es totalmente tergiversada, ya que, los contratantes siempre han estado de acuerdo en una venta encubierta, y los mapuches han actuado de manera dolosa también en la cuestión, así que hablar de despojo, u otros conceptos que victimicen a los mapuches es una forma errada de abordar la situación. Me gustaría que usted se preguntara; ¿ Qué es mas factible? ¿Que los mapuches paguen las mejoras y las prestaciones mútuas o que el arrendatario obtenga su título de dominio como debería ser de acuerdo a la verdadera intención de los contratantes? Es fácil escribir artículos con un poco de conocimiento de leyes y con un tenor populista, sin mirar a profundidad la realidad jurídica y menospreciar el principio de «La buena Fe» contractual que prima en todos los ordenamientos jurídicos mundiales, y que también es un principio del derecho civil internacional. Saludos.
Eusebio carilao avilez Si nosotros tenemos un terreno que fue arrendado por mi abuela por 99 años y el arrendador lo tiene inscrito en la notaria y conservador de bienes raices podemos anular como familia ya fallecida la dueña y quedaron sus herederos.lugar pichare comuna de pucon region de la araucania.
Diego Navarrete Si una vez leí, pero ya hace años, esta ley nacio en 1927 y ratificada 1929. lo e tratado de buscar, como se gesto esa ley. Estoy seguro que ahí nació la palabra comunero. gracias





