
Opinión
La gestión de datos personales en la función de Cumplimiento: de la buena práctica a la exigencia legal, por César Robledo O’Ryan
A menos de nueve meses de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.719, las empresas enfrentan un nuevo desafío: integrar la protección de datos personales en los procesos de integridad y cumplimiento. La función de Cumplimiento, tradicionalmente enfocada en la confidencialidad de la información, deberá ahora gestionar el tratamiento de datos bajo un marco jurídico más exigente, incorporando estándares de responsabilidad proactiva, seguridad y control en ámbitos críticos como canales de denuncia, investigaciones internas y gestión de conflictos de interés.
12 de marzo de 2026





