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#cobro de pagaré

Imagen: blog.mifiel.com

Casación fondo acogida

Corte Suprema invalida ejecución basada en copia digital de pagaré

Rechaza demanda ejecutiva por falta de presentación del pagaré original. La ejecución carecía de título con mérito ejecutivo, ya que el pagaré original no fue presentado una vez superada la contingencia sanitaria por COVID-19. Estableció que para documentos cuyo formato original no es electrónico, "solo tiene esa calidad el soporte material, tal como manda el artículo 434 N° 4 del estatuto de enjuiciamiento civil".

17 de agosto de 2025

Imagen: comunicacionsocial.diputados.gob.mx

Casación forma acogida

Corte Suprema anula fallo y rechaza demanda ejecutiva de Banco Estado por ineptitud del libelo

Constató que la Corte de Santiago revocó, sin explicar ni justificar su decisión, el fallo de primera instancia que acogió la excepción de ineptitud del libelo. Dicha omisión vulneró garantías procesales y contravino el deber constitucional y legal de motivar las resoluciones, al prescindir de las consideraciones de hecho y de derecho exigidas por el ordenamiento jurídico.

24 de junio de 2025

Imagen: defiendete.cl

Casación en el fondo

Corte Suprema acoge prescripción en cobro de pagaré vencido

Invalida fallo que permitía ejecución fuera de plazo legal. Título prescrito no tiene fuerza ejecutiva. Títulos ejecutivos deben encontrarse vigentes al momento de ser presentados a cobro. La sola presentación de la demanda no basta para interrumpir el plazo de prescripción. Se reafirma la importancia de la certeza jurídica y el respeto al término legal establecido en la Ley N°18.092. El plazo de prescripción se cuenta desde el vencimiento de cada cuota, no desde la presentación de la demanda.

20 de junio de 2025

Imagen: todojuicio.cl

Invalidación de oficio.

Es improcedente el cobro judicial de un pagaré cuya acción cambiaria fue reconocida como prescrita por el ejecutante durante la gestión preparatoria.

La magistratura no incluyó en su decisión ningún razonamiento, respecto al propio reconocimiento que el ejecutante hizo en cuanto a la prescripción del documento, y ordenó sin más continuar con la ejecución, circunstancia que no pasó desapercibida para el máximo Tribunal, que invalidó de oficio el fallo recurrido luego de verificar la existencia del vicio de nulidad formal contenido en el Nº5 del artículo 768 del Código Adjetivo.

17 de enero de 2024