Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que dirimió incompetencia de tribunal para conocer y resolver demanda de cobro de pagaré de sociedad de inversiones.
El máximo Tribunal descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que estableció que corresponde a los tribunales de Santiago la competencia para tramitar el proceso.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesta en contra de la sentencia que acogió la excepción de incompetencia del Primer Juzgado de Letras de Los Andes para conocer y resolver demanda de cobro de pagaré de sociedad de inversiones.
El fallo señala que la sentencia de primer grado, confirmada en la alzada, acogió la excepción de incompetencia razonando que, conforme al examen del pagaré materia de la ejecución, consta del mismo una prórroga expresa de competencia, en el párrafo 7°, por el cual el suscriptor fijó su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales, de lo cual concluye que dicha cláusula no se redactó en términos facultativos para el acreedor y por ende, no habiendo realizado el demandado ninguna gestión previa que reclamar la incompetencia, según lo dispuesto en los artículos 181 a 187 del Código Orgánico, hizo lugar a la excepción en comento.
La resolución agrega que no se encuentra discutido en autos que el párrafo final del pagaré corresponde, expresamente, a una prórroga de competencia, en la jurisdicción correspondiente a la comuna de Santiago. Por otra parte, el propio recurrente y ejecutante ha declarado que, en virtud del mandato a ellos otorgado por la ejecutada, procedieron a completar y suscribir el pagaré materia de este juicio.
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