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Corte Suprema fija desde cuándo aplican intereses y reajustes en indemnización por expropiación

Invalidación de oficio

Corte Suprema fija desde cuándo aplican intereses y reajustes en indemnización por expropiación

El máximo Tribunal aclaró que, al haberse fijado el valor del metro cuadrado en la sentencia de primera instancia, los reajustes deben calcularse desde esa fecha, ya que reflejan la indemnización definitiva; en tanto, los intereses sólo se generan desde que la resolución quede ejecutoriada, corrigiendo el cálculo del pago a la sociedad inmobiliaria afectada.

07 de octubre de 2025

crezcamos.com

Recurso de casación en la forma acogido.

La condena al pago de intereses no solicitados en una demanda de indemnización de perjuicios configura un vicio de extrapetita, cuando la procedencia del interés no está determinada por ley, resuelve la Corte Suprema.

Condena al pago de intereses solo puede ordenarse si han sido demandados, por cuanto atendida la naturaleza de la acción, no resulta aplicable, de oficio, la regla del artículo 12 de la Ley N° 18.010, que establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero, disponiendo que la gratuidad no se presume. El tribunal sólo está habilitado para establecer el reajuste de la suma condenada a pagar en conformidad a las facultades que le son otorgadas por el ordenamiento jurídico, a fin de evitar la desvalorización monetaria que se produce por el transcurso del tiempo.

04 de septiembre de 2024