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Problemas jurídicos y necesidad de

Comisión Chilena de Derechos Humanos y CONFEDEPRUS presentan informe a la OIT sobre seguridad social y trabajo decente en Chile.

En el Informe se evalúa el conjunto de la legislación laboral y las normas de seguridad social nacionales a la luz de los diversos convenios de la OIT, haciendo referencia igualmente a los principios generales del Derecho y el conjunto de los instrumentos internacionales. Se analizan temas como determinación del salario mínimo, protección de la vida familiar, maternidad y paternidad, integridad y universalidad objetiva de la seguridad social, protección del ocio, accidentes del trabajo y otros.

03 de marzo de 2025

Imagen: maray.cl

Entrará en vigencia en 12 meses en el país.

Chile depositó ante la OIT el instrumento que ratifica el Convenio 176 sobre seguridad y salud en la minería.

El Convenio 176 de la OIT es un tratado internacional fundamental para el fortalecimiento de los derechos de los trabajadores del rubro minero, especialmente en relación con el derecho a consulta y participación en las medidas de seguridad y salud. El instrumento entrega definiciones relevantes sobre los conceptos de “mina” y “empleador”, abarcando en este último ítem a contratistas principales, contratistas y subcontratistas

17 de junio de 2024

imagen: fenpruss.cl

Dirigentes sindicales constitución

La discriminación a los dirigentes sindicales en la Constitución Política de la República

La democracia debe incluir a todos los actores que representen las diversas posturas en la sociedad. Hoy vemos una cantidad importante de legisladores cuyo respaldo ciudadano se ha legitimado a partir de su rol como dirigentes sociales, lo cual es positivo para la representación de las diversas posiciones que existen en nuestra sociedad. Aquí, radica precisamente la necesidad de esta reforma.

29 de abril de 2020

Corte Suprema resuelve que no se infringen normas del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativas a proceso de consulta a las comunidades indígenas

Hay voto en contra.

Corte Suprema resuelve que no se infringen normas del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativas a proceso de consulta a las comunidades indígenas

“Conforme a estos lineamientos, forzoso es concluir que el deber general de consulta a los pueblos indígenas en lo concerniente a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental estatuido en la Ley N° 19.300 y su Reglamento ya se encuentra incorporado a dicha legislación ambiental a través del procedimiento de participación ciudadana que los artículos 26 a 31 de la citada ley establecen”.

17 de octubre de 2010