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#PANDEMIA COVID 19

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Acción de protección rechazada por

Revocación de residencia definitiva de ciudadana coreana que permaneció fuera del país por más de dos años, se ajusta a derecho, y pandemia COVID no constituye caso fortuito al respecto.

El artículo 83 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, dispone que la residencia definitiva quedará tácitamente revocada al ausentarse su titular del país por un plazo continuo superior a dos años, salvo que el interesado solicite, antes del término de dicho plazo, la prórroga de tal residencia ante el consulado chileno respectivo, la cual se otorgará por una sola vez y tendrá una vigencia de dos años.

26 de febrero de 2025

ucentral.cl

Unificación de jurisprudencia

Contratación temporal para la pandemia Covid-19 no se transforma en indefinida, aun si es prorrogada, ya que prevalecen las normas especiales sobre las disposiciones generales del Código del Trabajo.

El voto en contra considera que los contratos celebrados bajo el artículo 10 del Código Sanitario deben sujetarse al régimen de contratación temporal del Código del Trabajo, y que la renovación sucesiva de contratos a plazo los transforma en indefinidos, debido al incumplimiento de los límites establecidos para los contratos temporales. Argumentó que, a pesar de la emergencia sanitaria, la autoridad sanitaria debía ceñirse a las normativas laborales vigentes.

14 de enero de 2025