Diario Constitucional

Debido Proceso.

Empresa solicita se declare inaplicable norma del Código del Trabajo que limita excepciones en juicio ejecutivo laboral, lo que vulneraría su derecho de defensa.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ejecutivo laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto.

Por Redacción·19 de febrero de 2021·2 min de lectura
Norma que restringe causales de interposición del recurso de casación en la forma en procedimiento de constitución de servidumbre minera, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso primero, parte final, del artículo 470 del Código del Trabajo.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ejecutivo laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, en los que el Salón de Belleza requirente es ejecutada en proceso que comprende bonificaciones, indemnización por lucro cesante, remuneraciones y asignaciones legales.

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