Con votos en contra.
Inaplicabilidad de norma transitoria que dispone el traspaso de personal a los nuevos Servicios Locales de Educación Pública fue rechazada por el Tribunal Constitucional.
No se advierte vulneración al derecho a la igualdad ante la ley en los términos denunciados por el requirente.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnó artículo 38 transitorio de la Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública.
El precepto legal citado establece:
“Traspaso de personal municipal. El traspaso a los Servicios Locales, del personal que se desempeñe en los Departamentos de Administración de Educación Municipal y de las corporaciones municipales, creadas en virtud del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, cuya función se relacione directamente con la administración del servicio educacional se ajustará al siguiente procedimiento:
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