Diario Constitucional

Inaplicabilidad rechazada por unanimidad.

Norma que faculta al juez laboral en el procedimiento monitorio omitir en la sentencia el análisis de toda la prueba rendida, no produce resultados contrarios a la Constitución.

El legislador introdujo el llamado “procedimiento monitorio”, que en rigor es una técnica que pertenece a los procesos simplificados, consistente en que se pueda acoger o rechazar la demanda sin escuchar a la contraparte, pero garantizando que ésta pueda abrir audiencia con sólo manifestar tal voluntad. Se originó para el cobro de sumas de baja cuantía, para conflictos en que existían pocas probabilidades de oposición.

Por Redacción·23 de junio de 2023·4 min de lectura
imagen: serviciojuridico.cl
Referencial

El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 501, inciso tercero, del Código del Trabajo.

La disposición legal que se solicitó declarar inaplicable para resolver la causa pendiente seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de esa ciudad en virtud de un recurso de nulidad, establece lo siguiente:

“Las partes deberán asistir a la audiencia con todos sus medios de prueba y, en caso de comparecer a través de mandatario, éste deberá estar expresamente revestido de la facultad de transigir.

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