Ley 20.832.
Norma que permite a la Superintendencia de Educación sancionar con el cierre inmediato establecimientos de educación parvularia, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que la aplicación del precepto legal impugnado implica una transgresión al debido proceso y al principio de ejecutoriedad de las resoluciones administrativas.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 16 número 1) de la Ley Nº 20.832, que crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia.
El precepto legal impugnado dispone:
“Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que enumera el artículo 14, la Superintendencia de Educación dispondrá la clausura inmediata del establecimiento de educación parvularia en los siguientes casos:
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