Subvención escolar.
Norma que permite embargar los dineros de las subvenciones escolares, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que la medida es desproporcionada y atenta contra el derecho a la educación y el derecho de propiedad.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 15, inciso segundo, del DFL N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N°2, de 1996, sobre subvenciones del Estado a establecimientos educacionales.
El precepto legal impugnado establece:
“La subvención se pagará mensualmente por el Ministerio de Educación en la forma y condiciones que fije el reglamento. La subvención sólo podrá ser pagada a los sostenedores o sus representantes legales, salvo en el caso de medidas judiciales”. (Art. 15).
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