Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que regula la ocupación de los bienes fiscales y nacionales de uso público se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que el precepto legal objetado infringe el debido proceso, la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, desde que a pesar que ante el tribunal de primera instancia acreditó la ocupación legal del inmueble, la Corte de Apelaciones y el máximo Tribunal resolvieron que debe restituirlo por carecer de título, por lo que de no declararse inaplicable la normativa impugnada la reposición que interpuso en contra de la sentencia que rechazó el recurso de casación en el fondo se va rechazar indefectiblemente.

El Cuerpo de Bomberos del Maipo solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 19, incisos primero, segundo y tercero del D.L. N°1.939, de 1977, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.
Los preceptos legales que se solicitó declarar inaplicable para resolver la gestión pendiente, establecen lo siguiente:
“Artículo 19.- La Dirección, sin perjuicio de las facultades que le competen a los Intendentes Regionales y Gobernadores Provinciales, cuidará que los bienes fiscales y nacionales de uso público se respeten y conserven para el fin a que estén destinados. Impedirá que se ocupe todo o parte de ellos y que se realicen obras que hagan imposible o dificulten el uso común, en su caso.
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