Diario Constitucional

Se declaró admisible.

Norma que restringe el recurso de apelación en los procedimientos ante los juzgados de policía local, será examinada en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.

Requirente estima vulnerada su garantía de igualdad ante la ley y debido proceso.

Por Redacción·22 de febrero de 2022·3 min de lectura
Normas que regulan la determinación de infracciones al Código Sanitario y sus sanciones, serán revisadas en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 32, inciso 1°, de la Ley N° 18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, en la parte que restringe el ámbito de aplicación del recurso de apelación.

La disposición legal citada establece:

“En los asuntos de que conocen en primera instancia los Jueces de Policía Local, procederá el recurso de apelación sólo en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio.” (Art. 32, inciso 1°).

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