Código del Trabajo.
Norma que restringe el recurso de apelación en materia laboral, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que se vulnera su garantía constitucional al debido proceso.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 476 del Código del Trabajo.
El precepto legal citado establece:
“Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá́ en el solo efecto devolutivo. De la misma manera se concederá́ la apelación de las resoluciones que fijen las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social”. (Art. 476).
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