Código de Procedimiento Civil.
Norma sobre tasaciones de inmuebles sujetos a remate, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le obliga a vender el inmueble a un precio injusto, vulnerando sus garantías constitucionales.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 486, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil.
El precepto legal citado establece:
“La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes, a menos que el ejecutado solicite que se haga nueva tasación”. (Art. 486, inciso primero).
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