Diario Constitucional

En sede de inaplicabilidad.

Normas del Código Sanitario que permiten al ISP multar a Canal 13 por realizar publicidad del producto dióxido de cloro en matinal, es impugnada ante el Tribunal Constitucional.

Vulneran la prohibición de presumir de derecho la responsabilidad penal, el derecho a una investigación y procedimiento racionales y justos, el principio de legalidad, en su concreción de tipicidad y proporcionalidad.

Por Redacción·07 de septiembre de 2021·3 min de lectura
Normas del Código Sanitario que permiten al ISP multar a Canal 13 por realizar publicidad del producto dióxido de cloro en matinal, es impugnada ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional los artículos 163, 166, 167 y 174 del Código Sanitario.

Los preceptos legales impugnados establecen: “Artículo 163. Cuando se trate de sumarios iniciados de oficio, deberá citarse al infractor después de levantada el acta respectiva. La persona citada deberá concurrir el día y horas que se señale, con todos sus medios probatorios. En caso de inasistencia, tendrá lugar lo dispuesto en el artículo 158 del presente Código.”

“Artículo 166. Bastará para dar por establecido la existencia de una infracción a las leyes y reglamentos sanitarios el testimonio de dos personas contestes en el hecho y en sus circunstancias esenciales; o el acta, que levante el funcionario del Servicio al comprobarla”.

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