Ordenanza de Aduanas.
Normas que establecen el delito de contrabando y su pena se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 168, inciso tercero; artículo 178, número 3; y el artículo 179, letra e), del Decreto con Fuerza de Ley N° 30, del año 2004, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N°213, de Hacienda, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas. Los preceptos legales impugnados…

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 168, inciso tercero; artículo 178, número 3; y el artículo 179, letra e), del Decreto con Fuerza de Ley N° 30, del año 2004, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N°213, de Hacienda, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas.
Los preceptos legales impugnados establecen:
“Comete también el delito de contrabando el que, al introducir al territorio de la República, o al extraer de él, mercancías de lícito comercio, defraude la hacienda pública mediante la evasión del pago de los tributos que pudieren corresponderle o mediante la no presentación de las mismas a la Aduana”. (Art. 168, inciso tercero).
Temas
Te puede interesar

Delito de contrabando e infracciones aduaneras.
Las sanciones aduaneras no son accesorias a la pena por el delito de encubrimiento de contrabando, resuelve la Corte Suprema de Argentina.

Por unanimidad.
Norma que excluye a mujer divorciada del derecho a pensión de supervivencia se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

Con votos en contra.
Norma relativa a la competencia de la justicia militar en materia criminal se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

