Se admitió a trámite y confirió traslado para resolver admisibilidad.
Norma que establece el avaluó fiscal como mínimo para la subasta de inmuebles en juicio ejecutivo, se impugnó en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le obliga a vender su inmueble a un precio muy inferior al de mercado, vulnerando sus garantías constitucionales.

La Magistratura Constitucional tendrá que resolver si declara admisible y se pronuncia sobre el fondo de un requerimiento de inaplicabilidad que solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil.
El precepto legal impugnado establece:
“La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes, a menos que el ejecutado solicite que se haga nueva tasación.
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Norma que regula la tasación de inmuebles para fijar el mínimo para la subasta, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

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Norma que establece que la tasación de inmuebles sujetos a remate será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

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Norma sobre tasaciones de inmuebles sujetos a remate, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

