Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que establecen sanciones de multa que puede imponer el CNTV a empresas que prestan servicios de televisión por exhibir publicidad de bebidas alcohólicas en horario de protección de menores, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Se alega que si bien existe un deber legal de garantizar la protección de niños, niñas y adolescentes respecto de los contenidos televisivos que se expresen dentro de su ámbito de competencias, tal protección no puede implicar un absurdo en que se sancione a DIRECTV de manera completamente arbitraria, entendiendo que existe, hoy en día con el desarrollo del internet y las redes sociales, medios que difunden ampliamente el mismo contenido por el que la sanciona.

Por Redacción·29 de noviembre de 2023·4 min de lectura
Normas que establecen sanciones de multa que puede imponer el CNTV a empresas que prestan servicios de televisión por exhibir publicidad de bebidas alcohólicas en horario de protección de menores, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

DIRECTV Chile solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 33 N°2 y 34, inciso primero, de la Ley 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión.

Los preceptos legales impugnados señalan:

“Artículo 33.- Las infracciones a las normas de la presente ley y a las que el Consejo dicte en uso de las facultades que se le conceden, serán sancionadas, según la gravedad de la infracción, con:

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