Derecho al recurso.
Normas que impiden interponer recurso de casación en procedimientos ante Juzgados de Policía Local se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la restricción recursiva lo deja sin la posibilidad de controvertir una sentencia viciosa, vulnerando el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 38 de la Ley N° 18.287, que establece un procedimiento ante los Juzgados de Policía Local; y el artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil.
Los preceptos legales citados establecen:
“No procederá el recurso de casación en los juicios de Policía Local”. (Art. 38, Ley N°18.287).
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