Diario Constitucional

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que no admiten el abandono del procedimiento en juicios de cobranza laboral y previsional, no producen resultados contrarios a la Constitución.

Son las instituciones previsionales las encargadas de perseguir el pago. El trabajador es un tercero. Por ello, aunque se estimara que la dilación del proceso es imputable a una falta de diligencia de la A.F.P, mal podría esa negligencia traducirse en una declaración de abandono que tiene por objeto pagar las cotizaciones previsionales que se adeudan al trabajador, pues con ello se estaría incumpliendo el principio de protección (art. 19 N°16).

Por Redacción·29 de agosto de 2023·11 min de lectura
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Referencial

Con dos votos en contra, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnó los artículos 429, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, y 4° bis, inciso segundo, de la Ley N° 17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.

Las normas legales impugnadas establecen lo siguiente:

“Artículo 429. El tribunal, una vez reclamada su intervención en forma legal, actuará de oficio. Decretará las pruebas que estime necesarias, aun cuando no las hayan ofrecido las partes y rechazará mediante resolución fundada aquellas que considere inconducentes. De esta resolución se podrá deducir recurso de reposición en la misma audiencia. Adoptará, asimismo, las medidas tendientes a evitar la paralización del proceso y su prolongación indebiday, en consecuencia, no será aplicable el abandono del procedimiento”. (Art. 429, inciso primero, parte final, Código del Trabajo).

Comentarios (1)

  1. Robinson roca Vasquez

    buenos días bueno mi nombre es Robinson roca Vasquez tuve un accidente laboral grave con consecuencias severas quedé con un 75% de incapacidad laboral. mi abogada dejo mi caso de lado Alexandra pardo Valenzuela mi empleador dejo de pagar mis cotizaciones, Es más la abogada antes mencionada al no presentarse ante mi apelación el juzgado desestimó mi causa asta el momento creo y estoy seguro la empresa se compra a los jueces y abogados como si nada asta cuando tanta corrupción. mis cotizaciones aún se encuentran impagas me llaman todos los días hostigando ya no se que pensar de tanta corrupción si me pueden ayudar se lo agradecería muchísimo de antemano muchas gracias.

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