Diario Constitucional

Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.

Normas que obligan a empresa salmonera a revelar información sensible entregada a la autoridad, serán examinadas por el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que se le obliga a relevar información que no es pública, conforme al texto constitucional, vulnerando su derecho a realizar cualquier actividad económica.

Por Redacción·21 de julio de 2022·6 min de lectura
Normas que regulan la determinación de infracciones al Código Sanitario y sus sanciones, serán revisadas en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la frase “los documentos que le sirvan de sustento o complemento directo esencial” contenida en el inciso primero del artículo 5, el inciso segundo de esta disposición; la frase “así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga” del artículo 10, inciso segundo, ambos de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; y artículo 31 bis, salvo en lo relativo a sus literales c) y e) de la Ley N° 19.300, que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Los preceptos legales citados establecen:

“En virtud del principio de transparencia de la función pública, los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación, son públicos, salvo las excepciones que establece esta ley y las previstas en otras leyes de quórum calificado.

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