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Precedente jurisprudencial

Tribunal Constitucional de Perú delimita acceso a documentos internos de causas judiciales

Consideró que las ponencias, informes y deliberaciones de los magistrados forman parte del ámbito reservado de la función jurisdiccional. El fallo precisó que estos materiales están protegidos por el “privilegio deliberativo”, una garantía destinada a salvaguardar la independencia judicial y la libertad de debate dentro del Tribunal. La resolución establece, además, criterios vinculantes sobre los límites del derecho de acceso a la información en el ámbito judicial.

10 de noviembre de 2025

imagen: lemontech.com

Recurso de nulidad acogido por

Si el veredicto no se entrega después de finalizado el debate se vulneran los principios de continuidad y de publicidad, y debe anularse la sentencia y el juicio que la precede.

Tanto víctima como imputado deben tener la seguridad de que el enjuiciamiento se hará sin dilaciones, obteniendo un pronunciamiento que no sólo será oportuno, sino, además, fundado. En este sentido, la publicidad de los actos procesales, especialmente de la sentencia, cuyo contenido debe ser conocido íntegramente por los intervinientes desde la fecha de su notificación, es la piedra angular del sistema, pues incluso el sistema recursivo se construye desde tal hito.

10 de marzo de 2025

imagen: compartirpalabramaestra

Derecho a la educación.

Sanción disciplinaria escolar debe aplicarse con sujeción al debido proceso y ser proporcionada a la falta, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

El principio de proporcionalidad señala que, si bien las sanciones son necesarias en los procesos disciplinarios académicos, a fin de buscar el mantenimiento de la disciplina y convivencia en un grupo amplio de niños, la facultad de imponer sanciones no es absoluta y por tanto la proporcionalidad de la sanción se encuentra íntimamente ligada a la finalidad de los procesos disciplinarios.

11 de diciembre de 2024

imagen: signisalc.org

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que consagran el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, no producen resultados contrarios a la Constitución.

La dicotomía información pública/reservada es una cuestión de legalidad porque da por descontada la aplicación del artículo 8° de la Constitución, siendo resorte del juez de fondo determinar si ello acontece, aplicando la regla general de publicidad o la excepción de las reservas.

03 de agosto de 2023

imagen: agaargentina.org

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que establecen criterios para calificar de pública la información no producen resultados contrarios a la Constitución.

La dicotomía información pública/reservada es una cuestión de legalidad porque da por descontada la aplicación del artículo 8° de la Constitución. Es resorte del juez de fondo determinar si ello acontece, aplicando la regla general de publicidad o la excepción de las reservas y determinar si en los hechos la revelación de la información solicitada afecta los derechos de terceros.

05 de mayo de 2023