Libertad de expresión.
Normas que tipifican los delitos de injurias y calumnias se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente estima que la aplicación de las normas impugnadas en la gestión pendiente coartan el ejercicio de su garantía constitucional a la libertad de expresión.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 412, 416 y 417 del Código Penal.
Los preceptos legales impugnados disponen:
“Es calumnia la imputación de un delito determinado pero falso y que pueda actualmente perseguirse de oficio.” (Art. 412).
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