Requerimiento de inaplicabilidad
Se impugna norma que exige consignar el monto total adeudado para apelar en cobranzas previsionales
El requerimiento cuestiona el artículo 8 de la Ley N° 17.322, que condiciona la procedencia del recurso de apelación al pago previo de la suma ordenada por sentencia. El recurrente argumenta que esta exigencia constituye una restricción desproporcionada al derecho a recurrir, vulnerando la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 8, inciso primero, de la Ley N°17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de Seguridad Social.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 8.- En el procedimiento a que se refiere esta ley, el recurso de apelación sólo procederá en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis, y de la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis. Si el apelante es el ejecutado o la institución de previsión o de seguridad social, deberá previamente consignar la suma total que dicha sentencia ordene pagar, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior”. (Art. 8, inciso 1°, Ley N° 17.322).
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