Diario Constitucional

Obligatoriedad sentencias judiciales.

STF de Brasil entrega al Estado Federal un plazo de 48 horas para implementar plan de contención del COVID-19 en tierras indígenas.

La Magistratura constitucional de Brasil adujo que, en un estado de derecho, pocas cosas son tan graves como la falta de respeto a una decisión judicial, especialmente una decisión del Plenario del STF.

Por Redacción·04 de diciembre de 2020·1 min de lectura
Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que ningún periodista puede verse obligado a revelar su fuente.
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El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil ordenó al Estado Federal convocar a una reunión extraordinaria dentro de las 48 horas para que se implementen barreras sanitarias para el enfrentamiento y seguimiento del Covid-19 entre los pueblos indígenas.

La decisión responde a la carta de Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (Apib), remitida por el Consejo Nacional de Justicia (CNJ), en la que se informó la no implementación de medidas en las Tierras Indígenas (TI) de Alto do Rio Negro, Enawenê Nawê y Valle de Javari. La decisión fue dictada en la Declaración de Falla de Precepto Fundamental

En julio, el alto Tribunal de Brasil conoció de una acción, interpuesta por Apib, y había determinado que el gobierno federal debía adoptar medidas para contener el avance del Covid-19 en las comunidades indígenas. Ambas versiones del plan fueron rechazadas por ser genéricas y vagas.

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