Pospone acuerdo.
TC celebró vista de causa en inaplicabilidad que impugna norma que exige pago de 2UTM para apelar resoluciones ante el Tribunal de Propiedad Industrial.
Se pospuso la adopción del acuerdo, en atención a lo dispuesto en el artículo 20 de la LOCTC, en relación con el artículo 82 del COT.

En audiencia ante el Pleno del Tribunal Constitucional, llevó a cabo la vista de causa en un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 18 bis C del Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 2006, del Ministerio de Economía, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la Ley de Propiedad Industrial.
La gestión pendiente incide en proceso contencioso, sobre juicio de nulidad de registro de marca, seguido ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, en los que una empresa de origen suizo demanda solicitando la nulidad del registro de marca inscrita por la requirente. La marca registrada, tiene relación con una colección de ropa desarrollada por la actora, que denominó “Aruna”, la cual se basa en la recuperación de las técnicas textiles utilizadas en la antigüedad, especialmente en bordados con mostacillas e inspirados en la cultura india.
Se anunció para alegar, en representación del requirente, el Abogado Jean Pierre Folatre Tapia.
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