Primera sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre regulación de instalaciones de publicidad.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre reclamo de ilegalidad de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo, del numeral 5, del artículo 41 del Decreto Ley sobre Rentas Municipales.
El precepto en cuestión dispone: “Las normas para regular los estándares técnicos de diseño y emplazamiento para la instalación de la publicidad a que se refieren los acápites anteriores, serán fijadas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a la cual deberán ceñirse las respectivas ordenanzas locales sobre propaganda y publicidad”.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre reclamo de ilegalidad de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
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