Diario Constitucional

No existe gestión pendiente.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del D.L. 2695, sobre regularización de la posesión de la pequeña propiedad raíz

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella. La gestión judicial invocada incide en recursos de casación en…

Por Redacción·28 de agosto de 2012·2 min de lectura
Imagen: posgrados.udp.cl
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El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.

La gestión judicial invocada incide en recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en el marco de un juicio sumario de oposición a la regularización de propiedad inmueble.

En su resolución, la Magistratura Constitucional expresa que, en virtud de los antecedentes allegados a estos autos, queda de manifiesto que lo debatido en la gestión judicial pendiente es la nulidad de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y que, para ello, se han tenido en consideración hechos, argumentos jurídicos y disposiciones que no dicen relación con el contenido normativo de las normas objetadas en estos autos. Por consiguiente, es posible colegir que la aplicación de los preceptos legales impugnados no ha de tener injerencia alguna en la resolución de la litis que se ventila en la gestión invocada, motivo por el cual la aplicación de los preceptos reprochados no ha de resultar decisiva en su resolución.

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