Diario Constitucional

Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma relativa a concesión minera.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en la forma y fondo, de que conoce la Excma. Corte Suprema.

Por Redacción·07 de julio de 2014·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma relativa a concesión minera.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 7 de la Ley Orgánica Constitucional N° 18.097, sobre Concesiones Mineras, y el inciso 4° del artículo 15, del Código de Minería.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en la forma y fondo, de que conoce la Excma. Corte Suprema.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la parte demandada en la gestión pendiente, requiriéndose de igual modo al actor para que, dentro del mismo plazo, acompañe a la Magistratura Constitucional copia de la sentencia de primera instancia aludida en autos; de la resolución de la Corte Suprema que declaró inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo también aludidos en autos, y del recurso de reposición deducido en contra de dicha resolución. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

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