Diario Constitucional

Por unanimidad.

Tribunal Constitucional rechazó inaplicabilidad de normas que permiten juzgar a un militar por el delito de fraude al Fisco ante los tribunales militares.

La requirente alegó que el hecho de juzgar a un militar por un delito común contraviene la Constitución y los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile.

Por Redacción·14 de diciembre de 2022·12 min de lectura
Norma que establece un procedimiento especial para el arrendamiento de predios urbanos se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Magistratura Constitucional desestimó un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, de los artículos 5 N° 3, 11 y 12, en la frase “que no sean conexos”, del Código de Justicia Militar.

Los preceptos legales que se solicitó declarar inaplicables para la gestión pendiente, establecen:

“Corresponde a la jurisdicción militar el conocimiento: 3° De las causas por delitos comunes cometidos por militares durante el estado de guerra, estando en campaña, en acto del servicio militar o con ocasión de él, en los cuarteles, campamentos, vivaques, fortalezas, obras militares, almacenes, oficinas, dependencias, fundiciones, maestranzas, fábricas, parques, academias, escuelas, embarcaciones, arsenales, faros y demás recintos militares o policiales o establecimientos o dependencias de las Instituciones Armadas.” (Art. 5 N°3).

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