Con votos en contra.
Norma que le entrega a la jurisdicción militar el conocimiento de delitos comunes cometidos por militares en el ejercicio de sus funciones, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Para el Tribunal Constitucional resulta fundamental distinguir entre tipos penales, ya que el investigado en la gestión pendiente es de aquellos que sólo puede ser cometido por un militar, en abuso de su cargo.

La Magistratura Constitucional desestimó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 5 numeral 3 del Código de Justicia Militar.
El precepto legal que se solicitó declarar inaplicables establece:
“Corresponde a la jurisdicción militar el conocimiento:
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Con votos en contra.
Norma relativa a la competencia de la justicia militar en materia criminal se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

Se admitió a trámite con suspensión parcial.
Normas que configuran la jurisdicción de los Tribunales Militares, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

Con votos en contra.
Norma que faculta al juez de policía local a fijar el monto de la indemnización por el equivalente a dos y hasta cinco veces el valor de la o las facturas si no se entrega la constancia del recibo de las mercaderías, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

