Newsletter Nº593, 17 de agosto de 2023

Hola, destacamos el fallo que señala que la pensión alimenticia debe ser proporcional a las facultades económicas de los padres. De lo contrario una de ellas debe cubrir un porcentaje importante de las necesidades, a pesar de sus ingresos inferiores; también el recurso de protección interpuesto por la creación de la Comisión Asesora en contra de la Desinformación que se declara inadmisible por la Corte Suprema. Además, le invitamos a leer la columna sobre Responsabilidad del Estado-constituyente, de Cristian Román y la opinión que lleva como título Inhabilitaciones políticas en Venezuela, por Armando Colina.

Titulares

Pensión alimenticia debe ser proporcional a las facultades económicas de los padres. De lo contrario una de ellas debe cubrir un porcentaje importante de las necesidades, a pesar de sus ingresos inferiores.

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Recurso de protección interpuesto por la creación de la Comisión Asesora en contra de la Desinformación se declara inadmisible por la Corte Suprema.

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Columna

Responsabilidad del Estado-constituyente.
 

Cristian Román

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