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En fallo unánime.

CS acogió unificación de jurisprudencia y confirmó condena por despido injustificado de trabajadora municipal.

El máximo Tribunal condenó a la Municipalidad de Maipú por el despido injustificado de trabajadora que se desempeñó desde 2006 en diversas reparticiones edilicias.

26 de octubre de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y condenó a la Municipalidad de Maipú por el despido injustificado de trabajadora Lucía Varas Rojas, quien se desempeñó desde 2006 en diferentes reparticiones edilicias.
La sentencia del máximo Tribunal sostuvo que "en el parecer de estos juzgadores, la Corte de Apelaciones de Santiago incurre en error al concluir que el vínculo de Varas con el municipio demandado se subsume en el régimen especial de la Ley 18.883, toda vez que, de acuerdo con los hechos por ella misma tenidos por acreditados, particularmente en lo que hace a la forma, condiciones y características del quehacer laboral de Varas, no comparecen los presupuestos de su artículo 4, precepto especial en relación con el de orden general, constituido por el código de su especie".
La resolución de la Corte Suprema agregó que "en definitiva, cualesquiera sean los términos con los que en un contrato a honorarios se pretenda calificar la naturaleza y régimen jurídico atinentes a la función que a un particular toque en una municipalidad, habrá de aplicarse el régimen laboral de general aplicación, siempre y cuando, primeramente, se advierta que la labor no se enmarca en la tipología del tantas veces mencionado artículo 4 de la Ley 18.883 -Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales- puramente relativa a desempeños de clara especificidad y acotación temporal y, segundamente, se pruebe la comparecencia de los requisitos del artículo 7 del código de estos fueros".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema, de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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