En fallo unánime.
CS rechazó recurso de amparo presentado por médico, quien cumple condena en el Penal Punta Peuco, en contra de la decisión de Gendarmería que le denegó la salida dominical.
El máximo Tribunal estableció que el recurso de amparo no es la vía idónea para reclamar contra la denegación del beneficio.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por el médico Raúl Orlando Navarro Quintana, quien cumple condena en el Penal Punta Peuco, en contra de la decisión de Gendarmería que le denegó la salida dominical.
La sentencia indica que en consideración a los antecedentes expuestos en el recurso y al petitorio del mismo, este resulta ajeno a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, motivo por el cual se revocala sentencia apelada de veintitrés de octubre del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1.980-2020, y en su lugar, se rechazael recurso de amparo deducido en favor de Raúl Navarro Quintana.
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Recurso de amparo acogido.
Si bien el delito de tráfico de estupefacientes por el que fue condenada la amparada es grave, el transcurso del tiempo impide entender justificada la medida administrativa de expulsión, debido a su antigua data y reciente notificación.

En fallo unánime.
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