En fallo dividido.
CS rechaza un recurso de amparo presentado por ciudadanos canadienses por acompañar documentos para permanencia definitiva en el país fuera de plazo.
La resolución impugnada fue ordenada por autoridad competente, dentro de la esfera de sus facultades legales.

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de amparo que presentaron dos ciudadanos canadienses, quienes dentro de la tramitación de su permanencia definitiva en el país presentaron una serie antecedentes solicitados por el Departamento de Extranjería e Inmigración fuera del plazo legal.
El conflicto surge luego que a ambos recurrentes se les informara el cierre del proceso de permanencia definitiva que estaban tramitando en el país, dado que no acompañaron los documentos que les fueron solicitados para substanciar su solicitud dentro del plazo legal: debieron ingresarlos en julio y los presentaron en el mes octubre.
En su libelo, los recurrentes alegan que los plazos para subsanar faltas o acompañar documentos establecidos en la ley 19.880 se encontraban extendidos de 5 a 120 días corridos mediante resolución exenta, dada la situación de pandemia que vive el país, por lo que presentaron los documentos solicitados dentro de aquel plazo, siendo notificados por el Departamento de Extranjería del rechazo de su solicitud por estar fuera del plazo de 5 días corridos que indica la ley.
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