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Corte de Apelaciones de Iquique.
En decisión unánime.

Corte de Iquique declara admisible recurso de protección que solicita al Gobierno que se implementen medidas adecuadas y eficientes para asegurar el resguardo de los pasos fronterizos no habilitados de la Región de Tarapacá.

Ordenó que la recurrida informe dentro del plazo de 10 días.

6 de febrero de 2021

La Corte de Apelaciones de Iquique declaró admisible el recurso de protección presentado por el Alcalde de la misma ciudad, en contra del Presidente de la República, los Ministros del Interior y de Relaciones Exteriores y el Intendente de la Región de Tarapacá, por incurrir en omisiones que no permiten el correcto control fronterizo de los pasos no habilitados de la Región de Tarapacá.

El Alcalde señala que el flujo migratorio de extranjeros hacia la Región de Tarapacá ha aumentado desde que se decretó el Estado de Catástrofe y el Poder Ejecutivo no ha adoptado las medidas excepcionales suficientes para controlar dicho aumento, proliferando en la región una gran cantidad de albergues provisorios para que los extranjeros que llegan al país realicen una cuarentena de 14 días. Las omisiones acusadas ponen en peligro la integridad física de los residentes de la región, ya que el aumento de habitantes incrementa la posibilidad que el virus COVID-19 se expanda, se generen rebrotes y  reduce las chances de poder avanzar de fase en el plan “paso a paso”, por lo cual solicitan que se ordene al Poder Ejecutivo adoptar las medidas de carácter administrativo adecuadas y suficientes para asegurar el cuidado y el resguardo de las fronteras de la región, con especial cuidado de los pasos no habilitados a la comuna de Iquique.

La Corte de Iquique declaró admisible el recurso y ordenó que la recurrida informe dentro del plazo de 10 días adjuntando todos los antecedentes que obren en su poder en relación a la materia objeto del recurso, bajo el apercibimiento de prescindir de dichos informes si no son evacuados dentro de dicho plazo.

 

Vea texto íntegro del recurso y de la Resolución Corte de Apelaciones de Iquique Rol N°21-2021.

 

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