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Imagen: bbc.com
Los ex conductores de Uber James Farrar y Yaseen Aslam posan frente a la Corte Suprema
Subordinación.

CS del Reino Unido estableció que los choferes de Uber son trabajadores dependientes.

La sentencia enfatizó que está de acuerdo con las 5 conclusiones hechas por el Tribunal Laboral, que permiten justificar la conclusión de que los actores trabajan para Uber, bajo contrato laboral.

6 de marzo de 2021

La Corte Suprema del Reino Unido desestimó una apelación presentada por Uber en la que impugnaba la decisión de un tribunal laboral en la que se determinó que los conductores de la aplicación Uber, no son trabajadores independientes, y por tanto empleados dependientes de la misma aplicación.

El Máximo Tribunal inglés señaló que el caso refiere a la situación laboral de los conductores que proporcionan sus servicios a través de la aplicación para teléfonos celulares de Uber. La principal pregunta planteada es si un conductor es un trabajador de aquellos considerados por la legislación laboral y que, por tanto, otorga el derecho de remunerarse, al menos, con el ingreso mínimo mensual, vacaciones anuales pagadas y beneficiarse de otras protecciones.

Al respecto, la sentencia expone que Uber BV es una empresa holandesa, siendo ésta la que posee la tecnología detrás de la aplicación. Uber Londres Ltd, en tanto, es una subsidiaria del Reino Unido, con licencia para operar vehículos alquilados por privados. Los reclamantes laborales (James Farrar y Yaseen Aslam), obtuvieron la licencia para conducir vehículos privados arrendados y ocuparon la aplicación Uber para realizar dicha labor. A través de su reclamo intentan crear un precedente que establezca su situación laboral.

Enseguida, la CS indicó que la Ley de Derechos Laborales y otras normas pertinentes, incluye a cualquier persona empleado con un contrato de trabajo, en la definición de “trabajador”, pero también extiende dicha definición a algunas personas que trabajan por cuenta propia. En particular, la definición incluye a un individuo que trabaja bajo un contrato “por el cual se compromete a realizar o ejecutar cualquier trabajo o servicio para la otra parte del contrato, cuyo estatus no sea la de un cliente”.

En particular, la sentencia enfatizó que está de acuerdo con las 5 conclusiones hechas por el Tribunal Laboral, que permiten justificar la conclusión de que los actores trabajan para Uber, bajo contrato laboral.

Primero, cuando se reserva un viaje a través de la aplicación, es Uber quien establece la tarifa y los conductores. Éstos no tienen permitido cobrar más de la tarifa calculada por la app. Así, es ésta quien determina cuánto se les paga a los conductores por el trabajo que realizan. En segundo lugar, los términos del contrato sobre qué conductores realizan sus servicios son impuestos por Uber y los choferes no tienen influencia sobre ello. En tercer lugar, una vez que un conductor ha iniciado sesión en la aplicación Uber, la posibilidad de elección para aceptar o no solicitudes de viajes es restringido por la app. Explicita que Uber puede monitorear la tasa de aceptación y cancelación de las solicitudes de viaje e imponer lo que equivale a una penalización si se rechazan o cancelan demasiadas: desconecta automáticamente al conductor de la aplicación por 10 minutos, lo que evita que trabaje hasta permitido volver a iniciar sesión. Cuarto, Uber también ejerce un control significativo sobre la forma en que los conductores prestan sus servicios. Siendo uno de estos métodos el uso de un sistema de clasificación en razón de la calificación de los pasajeros al conductor en una escala de 1 a 5 después del viaje. Cualquier conductor que no mantenga la calificación promedio requerida, recibirá una serie de advertencias y, si su calificación promedio no mejora, eventualmente la aplicación terminará la relación con el chofer. Un quinto factor significativo es que Uber restringe las comunicaciones entre pasajero y conductor al mínimo necesario para la realización del viaje y toma activas medidas para evitar que los conductores establezcan alguna relación con el pasajero capaz de extenderse más allá de un viaje.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

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