Noticias

Estado de excepción constitucional.

CGR emite pronunciamiento sobre el permiso sin goce de remuneraciones que incorporó la Ley N°21.351.

El beneficio se extiende por hasta tres meses adicionales y contempla el pago de un bono.

16 de septiembre de 2021

La Senadora Marcela Sabat, la Comisión del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, solicitaron un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, a fin de que instruya a los servicios públicos sobre la aplicación de la Ley N°21.351, que modifica la Ley N°21.247, otorgando prestaciones excepcionales a trabajadores que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.  A su vez, se remitió una presentación de la Senadora Isabel Allende, en que manifestó su preocupación por una pronta y adecuada interpretación e implementación del texto legal para el sector público, de manera que se cumplan los objetivos de protección también para los y las funcionarias en su rol de padres o madres.

De otra parte, la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud, la Confederación Democrática de Profesionales Universitarios de la Salud y la Confederación de Funcionarios de la Salud Municipalizada, formularon consultas referidas a la mencionada ley, especialmente en relación con la percepción de incentivos y bonos de las funcionarias de ese sector.

Requerida información, la Superintendencia de Seguridad Social y la Dirección de Presupuestos señalaron que la licencia médica preventiva parental que extendió la Ley N°21.351 al modificar la Ley N°21.247, resulta aplicable a los funcionarios públicos, por cuya extensión se paga un bono con los topes que establece dicha preceptiva.

Al respecto, la autoridad expone que la Ley N°21.247 establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas, en las condiciones que indica, previendo en su artículo 1 una extensión del permiso postnatal parental, denominada “licencia médica preventiva parental”, en adelante licencia parental, a través de la cual se extiende, en una primera etapa, la vigencia del postnatal parental hasta por 90 días.

Añade que pueden solicitarla los trabajadores que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental del artículo 197 bis del Código del Trabajo, y cuyo término ocurra durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública; y que, en el caso de los funcionarios públicos que la soliciten, gozarán de la mantención íntegra de sus remuneraciones.

De otra parte, indica que el artículo décimo segundo del artículo 4 de la norma -incorporado por la Ley N°21.351-, prevé que las funcionarias públicas cuyo permiso postnatal parental finalice durante el mencionado estado de excepción constitucional por catástrofe, además de acceder a la licencia parental que regula el artículo 1, puede utilizar un permiso sin goce de remuneraciones por hasta tres meses adicionales, beneficio que se debe solicitar al servicio empleador. Durante este último período, percibirán un bono con los topes que indica, el que pagará su repartición empleadora.

Precisa que dicho bono será equivalente al 100% de las remuneraciones líquidas percibidas durante la licencia parental, si estas no superan el millón de pesos. Si las remuneraciones líquidas percibidas durante la licencia parental alcanzan o superan el millón de pesos, el bono que se recibirá durante el respectivo permiso sin goce de remuneraciones ascenderá al 70% de las mismas o a un millón de pesos, dependiendo de cual monto sea mayor.

Por su parte, en cuanto a si los bonos e incentivos asociados al cumplimiento de metas que se pagan trimestralmente se percibirán igualmente durante los meses en que los y las funcionarias se acojan a este permiso sin goce de remuneraciones, indica que, al tratarse de un permiso sin goce de remuneraciones, se recibe sólo el mencionado bono.

En efecto, destaca que aquel no tiene el carácter de remuneración, no es tributable y que sobre su monto se calcularán las cotizaciones previsionales, las que serán de cargo de la respectiva institución empleadora, es decir, el pago de ellas no será descontado del bono, como sí acontece con las remuneraciones, por lo que los y las funcionarias lo recibirán íntegramente.

Luego, respecto a la eventual afectación en la percepción de los futuros bonos e incentivos devengados en los meses posteriores al término del referido permiso sin goce de remuneraciones, expresa que la ley ha sido clara en consignar que el lapso por el cual se hace uso del anotado permiso de hasta tres meses, se considera como efectivamente trabajado para todos los efectos legales.

Debido a ello es que la percepción de los emolumentos a que tienen derecho los y las funcionarias una vez que retomen sus labores al finalizar el beneficio, y que exigen trabajos efectivos, no se verán afectados por el uso de dicho permiso sin goce de remuneraciones, dadas las especiales particularidades que definió el legislador al regularlo.

En consecuencia, concluye que los y las funcionarias públicas, cualquiera sea su régimen estatutario, sean del sector salud, municipal, docente, entre otros, cuyo permiso postnatal parental finalizó durante la vigencia del mencionado estado de excepción constitucional por catástrofe o su prórroga, tienen derecho a hacer uso de las licencias parentales que regula el artículo 1 de la Ley N°21.247 y, posterior a ello, a hacer uso del permiso sin goce de remuneraciones que incorporó la Ley N°21.351, beneficio que se extiende por hasta tres meses adicionales, por lo que las reparticiones públicas que componen la Administración del Estado, deben otorgar todas las facilidades para su acceso, así como efectuar el pago del bono que se contempla para dicho período, de la forma ya señalada.

 

Vea texto del Dictamen N°E136597.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *