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Imagen: www.comunidadvallegrande.cl
Reforma Constitucional.

Proyecto de reforma constitucional faculta a las municipalidades para celebrar convenios de pago por deudas de aseo domiciliario y condonar las multas e intereses que devenguen.

Las medidas de confinamiento adoptadas en virtud del COVID-19 afectaron los ingresos de las familias chilenas y se les debe otorgar más posibilidades de cumplir con sus obligaciones de pago.

11 de noviembre de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Claudia Mix, Maite Orsini, Catalina Pérez y Camila Rojas, y los Diputados Marcelo Díaz, Diego Ibáñez, Patricio Rosas y Gonzalo Winter, reforma la Constitución con el objeto de autorizar a las municipalidades del país a celebrar convenios y condonar multas e intereses derivados de las deudas de los derechos de aseo, en el plazo que indica.

El proyecto expone que los derechos de aseo son un cobro municipal que corresponde al servicio domiciliario de aseo por cada inmueble ubicado dentro del territorio de un municipio, en razón de las extracciones usuales y ordinarias de basura provenientes de los servicios domésticos y de los barridos de casas, fábricas o negocios; cuya fuente legal es la Ley de Rentas Municipales.

Añade que la tarifa como las condiciones necesarias para estar exento de pagarlos, ya sea de manera total o parcial, son fijadas en las respectivas ordenanzas municipales, las que se rigen por las condiciones estipuladas en el Decreto N°69 de 2006 del Ministerio de Economía.

En tal sentido, refiere que aquellos a quienes el cobro de derechos les es aplicable, el no pago genera la correspondiente deuda y demás intereses por mora y multas, y que, si bien los municipios pueden definir mecanismos para repactar deudas con ciertas restricciones, la condonación de las mismas no está dentro de sus atribuciones.

De otra parte, sostiene que los municipios se alzan como la institución a la que recurren los vecinos que enfrentan eventualidades en distintas esferas de sus vidas, propiciando soluciones desde los diversos servicios habilitados con los que cuentan. A partir de esta premisa descansa la idea de que la reacción ante catástrofes a nivel local, debe ser en parte coordinada y desplegada por los municipios.

En tal contexto, hace presente que, desde el 18 de marzo de 2020 y hasta el 31 de septiembre de 2021, el país se encontró en un Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, en razón de la propagación mundial COVID-19, lo que implicó tomar medidas extraordinarias de aislamiento y confinamiento social, resultando afectadas diversas fuentes de ingreso de los ciudadanos.

Por ello, argumenta que los ciudadanos requieren contar con facilidades de pago para hacer frente a sus deudas, entre ellas, los derechos de aseo municipales. A su vez, las municipalidades necesitan contar con esos recursos, estimando que, si se otorgan condonaciones de multas e intereses y convenios de pago más convenientes, podrán recibirlos, ya que las personas tendrán más posibilidades de poder cumplir con sus obligaciones de pago, incentivando la reactivación económica que urge instaurar post pandemia mundial.

En mérito de lo expuesto, propone agregar una quincuagésima primera disposición transitoria a la Constitución, del siguiente tenor:

“QUINCUAGÉSIMA PRIMERA: Excepcionalmente, y con el fin de mitigar los efectos sociales derivados de la propagación a nivel mundial del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), facúltese a las municipalidades del país para que, dentro de los doce meses siguientes a la fecha de publicación de la presente reforma constitucional o mientras se encuentre vigente la alerta sanitaria declarada por el Ministerio de Salud en virtud del decreto N°4, de 5 de febrero de 2020 o en el tiempo que ésta fuere prorrogada, y previo acuerdo del respectivo concejo municipal, celebren convenios de pago por deudas por derechos de aseo. Asimismo, podrán condonar multas e intereses por dicho concepto”.

 

Vea la moción y siga su tramitación aquí.

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