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Imagen: 24horas.cl
Infracción a la normativa urbanística y medioambiental.

Corte de Arica declara admisible recurso de protección contra autoridades públicas, por no adoptar medidas ante ocupación ilegal desplegada detrás del Conjunto Habitacional “El Pedregal”.

Los vecinos alegan que la omisión denunciada permitió la expansión de la “toma”, trayendo como consecuencia contaminación, incivilidades y delincuencia en el barrio.

28 de noviembre de 2021

La Corte de Apelaciones de Arica declaró admisible el recurso de protección deducido por el Conjunto Habitacional “El Pedregal” en contra del Gobierno Regional, el Delegado Presidencial Provincial, el SERVIU y la Municipalidad de esa comuna, por la falta de medidas ante la ocupación ilegal desplegada en el terreno colindante.

En su libelo, la actora expone que el Conjunto Habitacional constituye una construcción de viviendas sociales, las cuales fueron entregadas a 96 copropietarios en el año 2019. En ese contexto, SERVIU se comprometió a resolver la ocupación ilegal ubicada detrás del edificio, a fin de crear áreas verdes en ese lugar.

Indica que, pese a sus alegaciones, hasta la fecha no se han adoptado medidas contra la “toma”, lo que ha permitido su expansión acelerada, provocando distintos efectos adversos, como la alteración del terreno para levantar mediaguas, granjas y estacionamientos.

Agrega que dicha circunstancia también ha traído como consecuencia ruidos, olores molestos, incendios, incivilidades y delincuencia en el barrio. Todo lo cual, ha generado temor, inseguridad y descontento a los vecinos de “El Pedregal” frente la inactividad de las autoridades.

Sostiene que la omisión denunciada es ilegal y arbitraria, por cuanto conculca las garantías consagradas en el artículo 19 Nº1, Nº2, y Nº8 de la Carta Fundamental; y solicita se ordene a las recurridas desalojar la ocupación ilegal y fiscalizar el cumplimiento de la normativa urbanística y medioambiental aplicable.

La Corte de Arica declaró admisible el recurso, y pidió informe a las autoridades públicas en un plazo de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes que digan relación con el mismo.

 

Vea texto de la resolución Corte de Arica Rol Nº798-2021 y del recurso.

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