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Imagen: Registro Civil.
Principio de estricta sujeción a las bases.

Tribunal de Contratación Pública declara admisible demanda deducida contra Registro Civil, por adjudicar la licitación de documentos de identidad y viaje a empresa francesa Idemia.

Los actores alegan que la empresa adjudicada no acreditó cumplir los estándares de fabricación, por cuanto fue sancionada por los fraudes cometidos en la emisión de pasaportes mientras era proveedora del servicio.

8 de diciembre de 2021

El Tribunal de Contratación Pública declaró admisible la acción de impugnación deducida por los miembros de la Unión Temporal de Proveedores Sonda Thales en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por la adjudicación a Idemia Identity & Security de la licitación pública para la “Contratación del Servicio del Nuevo Modelo de Sistema de Identificación, Documentos de Identidad y Viaje y Servicios Relacionados”.

En su libelo, éstos exponen que la readjudicación de la licitación a la empresa francesa Idemia se realizó con fecha 19 de noviembre del año 2021, esto es, cuatro días después que el Servicio dejara sin efecto la adjudicación de la propuesta pública a la UTP Aisino. Ello, fundado en las distintas inconsistencias y adulteraciones detectadas en la documentación presentada por esta UTP, la falta de información sobre la normativa china y por no acreditar los mecanismos de seguridad exigidos para la mantención de los programas de Visa Waiver o exención de visas (Canadá).

Alegan que, pese a lo anterior, la demandada readjudicó la licitación pública sin verificar que Idemia efectivamente satisfacía todos los requerimientos técnicos. Así observa cincuenta y cinco incumplimientos a las bases de licitación por parte de esta última, entre los cuales, destaca que la empresa fue sancionada por los fraudes cometidos en la emisión de pasaportes, mientras fue proveedora del servicio. No obstante, el Registro Civil no evaluó si la entidad describió en forma explícita las medidas preventivas y correctivas que implementará para prevenir tales ilícitos.

Consideran que el actuar de la demandada infringe los principios de legalidad, de estricta sujeción a las bases, de transparencia y de igualdad de los proponentes, por lo que solicitan se deje sin efecto el acto impugnado y se retrotraiga el proceso licitatorio hasta el inicio del proceso de admisibilidad y evaluación de las ofertas.

El Tribunal, luego de acoger a tramitación la acción de impugnación, requirió informe al Registro Civil. Una vez recibido el informe, deberá resolver si abre un término probatorio o cita a oír sentencia y dicta el fallo respectivo.

 

Vea texto de la demanda y resolución.

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