En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Arica rechaza con costas solicitud de desafuero de convencional constituyente Hugo Gutiérrez.
Los antecedentes aportados por el Ministerio Público no constituyen elementos suficientes para formular acusación o requerimiento en procedimiento simplificado por los delitos indagados.

La Corte de Apelaciones de Arica, en fallo unánime y reunida en Tribunal Pleno, rechazó la solicitud de desafuero del convencional constituyente Hugo Gutiérrez Gálvez, presentada por el Ministerio Público que le abrió una investigación penal por los delitos de amenazas a funcionarios de la Armada y omisión de cooperación pública. Ilícitos que supuestamente habrían sido perpetrados por el convencional en agosto del año pasado, en la ciudad de Iquique.
La acción constitucional se rechazó tras establecer la Corte que los antecedentes aportados por el Ministerio Público no constituyen elementos suficientes para formular acusación o requerimiento en procedimiento simplificado por los delitos indagados.
El fallo señala que, la solicitud de desafuero del Ministerio Público fue presentada para requerir penalmente al convencional “en procedimiento simplificado, señalándose que el ordenamiento permite la homologación de la acusación al mentado requerimiento. Dicha afirmación es compartida por este Tribunal de Alzada, desde que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 390 inciso 2° del Código Procesal Penal, la acusación se tendrá como requerimiento cuando la pena solicitada por el fiscal no excediere de presidio o reclusión menores en su grado mínimo, debiendo el juez, en este caso, disponer la continuación del procedimiento de acuerdo a las normas del juicio simplificado.”
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