Diario Constitucional

Reconocimiento de la condición de refugiado.

Al no iniciar el procedimiento administrativo solicitado, el Departamento de Extranjería y Migración infringió el principio de escrituración.

La autoridad no puede exigir una solicitud formal si niega la petición del actor, sin emitir por escrito un acto administrativo que contenga los razonamientos.

Por Redacción·02 de enero de 2022·3 min de lectura
Imagen: Misabogados.com
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La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que desestimó la acción de protección intentada por una ciudadana cubana en contra del Departamento de Extranjería y Migración (DEM), por negarse a tramitar la petición de reconocimiento del estatus de refugiado político.

En su libelo, la recurrente señala que decidió venir a Chile para escapar del miedo y la represión constante a la que estaba siendo sometida en su país. Afirma que, al ingresar al territorio nacional solicitó refugio en la Oficina de Migraciones, donde le negaron la atención para formalizar su solicitud de refugio.

Señala que, el 05 de mayo del año 2021 concurrió nuevamente a la Oficina de Migraciones, para solicitar la formalización de su petición de reconocimiento de la condición de refugiado, oportunidad en que se le rechazó de manera arbitraria, por no calificar para ello.

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