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Centro Penitenciario Huachalalume
Recurso de amparo acogido.

Corte de La Serena ordena a Gendarmería informar a familiares estado de salud de recluso.

El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que la recurrida no ha demostrado que informó claramente a la familia lo sucedido y la situación actual del amparado.

30 de junio de 2022

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de interno del Centro Penitenciario Huachalalume y le ordenó a Gendarmería informar a la familia el estado de salud del amparado, quien fue agredido por otros reclusos al interior del recinto penal.

El fallo señala que atendida la información entregada por la institución recurrida, donde se desprende que efectivamente el amparado sufrió una lesión al interior del módulo 58 del Centro Penal de La Serena, y que dicho evento fue abordado por personal de Gendarmería de Chile en orden a separar al imputado, asistirlo médicamente, y luego, el mismo día del incidente cumplir con denunciar el hecho al Ministerio Público y asimismo, días más tarde, comunicar lo sucedido al Juzgado de Garantía de Coquimbo, con lo que no se aprecia actuar ilegal por parte de la institución recurrida.

La resolución agrega que, es un hecho que las medidas adoptadas por Gendarmería para evitar hechos como los sucedidos no fueron suficientes, y de igual forma, Gendarmería no ha entregado antecedentes, en este ingreso, que demuestren una comunicación efectiva con la familia del imputado en orden a informar claramente lo sucedido con el amparado y su ubicación actual dentro del recinto penal.

Para el tribunal de alzada, estos sentenciadores acogerán el recurso a fin de resguardar la seguridad del amparado y propender a que su grupo familiar conozca su realidad carcelaria y su estado de salud.

Por tanto, se resuelve que se acoge el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería de Chile y, en consecuencia, se dispone que Gendarmería de Chile, como garante de las personas que se encuentran en prisión preventiva bajo su supervisión, debe adoptar las medidas de seguridad que resulten necesarias para resguardar la integridad física del amparado evitando que situaciones como la denunciada vuelvan a ocurrir.

Además, Gendarmería de Chile debe informar dentro de veinticuatro horas, por los canales establecidos en sus reglamentos, a los familiares del amparado y al Juzgado de Garantía de Coquimbo, el actual estado de salud del amparado y el módulo dentro del penal en donde cumplirá su prisión preventiva.

 

Vea sentencia Rol Nº235-2022

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